Sacerdotes y laicos lefebvristas: el procedimiento para el regreso a la plena comunión con la Iglesia católica - Vatican News via Acervo Católico

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Sacerdotes y laicos lefebvristas: el procedimiento para el regreso a la plena comunión con la Iglesia católica - Vatican News via Acervo Católico
Fonte: VATICANO

El Dicasterio para la Doctrina de la Fe envía a los obispos de todo el mundo una comunicación sobre el procedimiento que deberá seguirse para readmitir a quienes decidan abandonar la Fraternidad Sacerdotal San Pío X tras el acto cismático que dio lugar a una nueva excomunión.

Vatican News Para el regreso a la plena comunión con la Iglesia católica después del acto cismático del 1 de julio no será necesario repetir la experiencia de comisiones especiales, como ocurrió en el pasado con la comisión Ecclesia Dei, porque el Dicasterio para la Doctrina de la Fe ya ha establecido un procedimiento tanto para los sacerdotes como para los fieles laicos, implicando directamente a los ordinarios diocesanos y a los responsables de las fraternidades que celebran según el rito antiguo y permanecen en comunión con Roma. Las instrucciones están siendo transmitidas estos días a través de las nunciaturas, tal como ya se había anunciado en la Nota explicativa publicada el 2 de julio por el Dicasterio. Reconciliación para los sacerdotes El procedimiento que sigue el Dicasterio para la Doctrina de la Fe, a partir del 1 de julio de 2026, establece que el sacerdote que haya decidido abandonar la Fraternidad Sacerdotal San Pío X, dispuesto a aceptar el Concilio Vaticano II y la legitimidad del Novus Ordo Missae, aunque permanezca vinculado al rito antiguo, deberá «encontrar un Ordinario (obispo diocesano, superior mayor de institutos religiosos clericales de derecho pontificio y de sociedades clericales de vida apostólica de derecho pontificio, etc.) dispuesto a acogerlo ad experimentum». Posteriormente, el sacerdote deberá «escribir de su puño y letra una carta al Santo Padre en la que se presente y solicite la remisión de las censuras en que haya incurrido por haber recibido la ordenación de un obispo excomulgado o irregular, o bien por haber ingresado posteriormente en la Fraternidad Sacerdotal San Pío X, aun habiendo sido ordenado válida y legítimamente». Profesión de fe y Fórmula de adhesión El sacerdote deberá adjuntar asimismo el certificado de ordenación sacerdotal y presentar, fechadas y firmadas, la Professio fidei (Profesión de fe) y la Formula adhaesionis (Fórmula de adhesión). La Profesión de fe resume los contenidos esenciales de la fe católica. La Fórmula de adhesión compromete al sacerdote a guardar fidelidad al Papa y a abstenerse de atacarlo públicamente, así como a su magisterio. Además, acepta la doctrina expuesta en el número 25 de la constitución dogmática conciliar Lumen gentium sobre la adhesión al magisterio de la Iglesia. Declara igualmente que considera válida la celebración de la Misa según los ritos promulgados por Pablo VI y Juan Pablo II y que acepta las normas del Código de Derecho Canónico promulgado por Juan Pablo II. El sacerdote deberá hacer llegar estos documentos (la carta, el certificado de ordenación, la Profesión de fe y la Fórmula de adhesión) por medio del Ordinario, «quien manifestará en la carta de acompañamiento su disponibilidad para acogerlo ad experimentum en su diócesis o en su instituto». Una vez recibida la documentación enviada por el Ordinario, el Dicasterio emitirá un rescripto de remisión de las censuras, autorizando al Ordinario a recibir al sacerdote solicitante «por un período de prueba de al menos un año y no superior a tres, al término del cual podrá procederse a su incardinación». La reconciliación de los fieles laicos Este procedimiento, explica el Dicasterio, «se refiere a la cuestión de la imputabilidad o del grado de responsabilidad subjetiva de los fieles laicos que se hayan adherido formalmente o frecuenten la Fraternidad Sacerdotal San Pío X y que soliciten entrar en plena comunión con la Iglesia católica». En efecto, la imposición de una pena a los laicos pertenecientes a la Fraternidad Sacerdotal San Pío X no puede «presumirse de manera automática, sino que debe evaluarse caso por caso». «Dado que la imputabilidad requiere pleno conocimiento y consentimiento deliberado», señala el documento del Dicasterio para la Doctrina de la Fe, algunos ejemplos de imputabilidad comprobada pueden incluir: laicos pertenecientes a la Tercera Orden de la Fraternidad Sacerdotal San Pío X; y laicos que participan habitualmente en las celebraciones de la Fraternidad Sacerdotal San Pío X, compartiendo formalmente sus posiciones doctrinales. El procedimiento a seguir El procedimiento que, en su caso, deben seguir los laicos pertenecientes a la Fraternidad Sacerdotal San Pío X a los que se les haya impuesto una sanción y que soliciten entrar en plena comunión con la Iglesia Católica «implica un acto formal de plena adhesión a la doctrina y de obediencia a la jerarquía católica, bajo la jurisdicción del Ordinario del lugar, garante de la unidad de la Iglesia particular». Por lo tanto, un fiel laico que haya decidido abandonar la Fraternidad Sacerdotal San Pío X debe presentar a su obispo la Professio fidei y la Formula adhaesionis, fechadas y firmadas. «Una vez obtenida la documentación, el Ordinario del lugar se encargará de acoger al fiel laico en el plazo y de la forma que considere más oportunos». Los laicos no imputables El documento precisa que «no deben considerarse imputables: los laicos que hayan frecuentado la Fraternidad Sacerdotal San Pío X únicamente por motivos litúrgicos o espirituales; los laicos que, aun siendo conscientes de las tensiones con la Santa Sede, no rechacen el Magisterio ni la autoridad del Romano Pontífice». En cuanto a estos últimos, bastará con que acudan «a un sacerdote en plena comunión con la Iglesia, con la decisión de no frecuentar en el futuro la Fraternidad Sacerdotal San Pío X».

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